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UN-58921-IN - INSTRUCCIONES PARA LA INSTALACIÓN, MANEJO, MANTENIMIENTO, REVISIONES E INSPECCIONES DE LAS PLATAFORMAS ELEVADORAS MÓVILES DE PERSONAL

La Directiva de Máquinas, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo tipificados en el Real Decreto 1215/1997, establecen los principios básicos que han de cumplir las PLATAFORMAS ELEVADORAS MÓVILES DE PERSONAL. La norma UNE-EN 280 "Plataformas elevadoras móviles de personal, cálculos de diseño, criterios de estabilidad, construcción, seguridad, exámenes y ensayos" es norma armonizada que da presunción de conformidad con la Directiva de Máquinas y cumplimiento,por tanto, con los requisitos constructivos exigibles. No existiendo una reglamentación específica para este tipo de máquinas, sobre las condiciones de instalación, manejo, mantenimiento, etc., que desarrollen los principios exigibles en la reglamentación anteriormente señalada, se considera que el cumplimiento con la norma UNE-58921-IN "Instrucciones para la instalación, manejo, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las plataformas e1evadoras móviles de personal", constituye una forma de cumplir con las exigencias legales anteriormente señaladas.

El Ministerio de Industria ha incluido en su web una nota sobre la norma UNE-58921-IN en el apartado de Legislación de Seguridad Industrial concretamente en Legislación Nacional de Apataros Elevadores, sección de Aparatos de Elevación y Manutención:

Para visitar la página del Ministerio de Industria pinche aqui

Esta norma ha sido elaborada de conformidad con el Real Decreto 2200/1-995, por consenso de todas las partes interesadas y tiene carácter voluntario y por objeto fijar las instrucciones de servicio para la instalación, manejo, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP).

Proyecto de Instrucción Técnica Complementaria para las PEMP

El Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobado por el R.D. 2291/1985, de 8 de Noviembre (BOE de 11/11/85) extender su ámbito a las grúas, plataformas elevadoras y aparatos de manutención análogos que puedan ser objeto de accidentes, a partir del momento de la entrada en vigor de las correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC), en los plazos establecidos en cada una de ellas.

Hasta la fecha, han sido publicadas cuatro ITCs numeradas: Ascensores, Grúas Torre para Obras, Carretillas Automotoras de Manutención y Grúas Móviles Autopropulsadas. La segunda y la cuarta han sido objeto de nuevos RR.DD. en julio de 2003.

El proyecto de la ITC-5 para Plataformas Elevadoras Móviles de Personal se encuentra en fase de tramitación en el Ministerio de Industria.


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